MONOTRIBUTO SOCIAL
El Monotributo Social es un régimen tributario optativo, creado con el objeto de facilitar y promover la incorporación a la economía formal de aquellas personas en situación de vulnerabilidad social que han estado históricamente excluidas.A partir del reconocimiento de sus actividades y de su inclusión como contribuyentes, trabajadoras y trabajadores están en condiciones de emitir facturas, ser proveedores del Estado por contratación directa, acceder a las prestaciones de las obras sociales del Sistema Nacional de Salud e ingresar al sistema previsional (jubilación). Además, los monotributistas sociales no pierden el acceso a la Asignación Universal por Hijo.
Pueden inscribirse personas que realicen una única actividad económica (ya sea productiva, comercial o de servicios), proyectos productivos que lleven adelante grupos de hasta tres integrantes y cooperativas de trabajo con un mínimo de seis asociados.
En todos los casos, deben tratarse de emprendedores en situación de vulnerabilidad social que no generen ingresos anuales superiores a $32.196 -monto vigente desde el mes de diciembre de 2011-. Asimismo, la actividad económica debe ser genuina y estar enmarcada en el Desarrollo Local y la Economía Social, respondiendo al perfil productivo de cada región.
Cabe aclarar que los proyectos productivos conformados por dos integrantes podrán facturar anualmente hasta $ 64.392 y de tres integrantes hasta $ 96.588. En tanto las cooperativas de trabajo no tienen límites de facturación. El límite se encuentra establecido por el ingreso anual de cada uno de los asociados el cual no podrá superar los $ 32.196.
El organismo encargado de gestionar el Monotributo Social es el Registro Nacional de Efectores, de Desarrollo Local y Economía Social que depende de la dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social, el cual trabaja con redes y organizaciones de emprendedores fortaleciendo proyectos en marcha e impulsando nuevas iniciativas. La inscripción también puede realizarse en los Centros de Referencia de todo el país.
Pueden inscribirse personas que realicen una única actividad económica (ya sea productiva, comercial o de servicios), proyectos productivos que lleven adelante grupos de hasta tres integrantes y cooperativas de trabajo con un mínimo de seis asociados.
En todos los casos, deben tratarse de emprendedores en situación de vulnerabilidad social que no generen ingresos anuales superiores a $32.196 -monto vigente desde el mes de diciembre de 2011-. Asimismo, la actividad económica debe ser genuina y estar enmarcada en el Desarrollo Local y la Economía Social, respondiendo al perfil productivo de cada región.
Cabe aclarar que los proyectos productivos conformados por dos integrantes podrán facturar anualmente hasta $ 64.392 y de tres integrantes hasta $ 96.588. En tanto las cooperativas de trabajo no tienen límites de facturación. El límite se encuentra establecido por el ingreso anual de cada uno de los asociados el cual no podrá superar los $ 32.196.
El organismo encargado de gestionar el Monotributo Social es el Registro Nacional de Efectores, de Desarrollo Local y Economía Social que depende de la dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social, el cual trabaja con redes y organizaciones de emprendedores fortaleciendo proyectos en marcha e impulsando nuevas iniciativas. La inscripción también puede realizarse en los Centros de Referencia de todo el país.
¿Quiénes pueden inscribirse?
Las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y que no
generen ingresos anuales superiores a los correspondientes a la categoría más baja de Monotributo General (que actualmente es de $ 24.000 anuales; al 27/05/11).
Pueden inscribirse:
- Personas físicas mayores de 18 años que realicen una única actividad económica.
- Integrantes de proyectos productivos que conformen grupos de hasta 3 personas.
- Cooperativas de Trabajo (pueden ser antiguas fábricas recuperadas o empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores, con 6 asociados como mínimo).
Los monotributistas sociales no pierden el derecho a la Asignación Universal por
Hijo para la Protección Social
¿Qué derechos reconoce el Monotributo Social?Los monotributistas sociales pueden:
1. Emitir factura.
4. Ser proveedor del Estado por compra directa.¿Cuánto paga un monotributista social por mes? ¿Dónde debe pagar?¿Cuándo?
1. Emitir factura.
2. Acceder a una obra social.
3. Ingresar al sistema previsional (para, en el futuro, poder jubilarse).4. Ser proveedor del Estado por compra directa.¿Cuánto paga un monotributista social por mes? ¿Dónde debe pagar?¿Cuándo?
Actualmente el importe es de $ 35. Pues, sólo paga el 50 % del
componente de la obra social. Debe realizar el pago en cualquier banco hasta el día 20 de cada mes. Se aclara que, en el caso de realizar el pago en Pago Fácil, Rapipago, etc. habrá una demora de 10 días entre pago y depósito.
componente de la obra social. Debe realizar el pago en cualquier banco hasta el día 20 de cada mes. Se aclara que, en el caso de realizar el pago en Pago Fácil, Rapipago, etc. habrá una demora de 10 días entre pago y depósito.
El Monotributo está compuesto por 3 componentes: impositivo, previsional y
obra social. En el Monotributo Social está subsidiado el 100% del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50 % restante de la obra social. El otro 50 % de la obra social es lo que paga mensualmente el Monotributista Social ($ 35).
obra social. En el Monotributo Social está subsidiado el 100% del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50 % restante de la obra social. El otro 50 % de la obra social es lo que paga mensualmente el Monotributista Social ($ 35).
¿Dónde pueden inscribirse al Monotributo Social?
Este trámite no se inicia en la AFIP. La inscripción se realiza en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, organismo encargado de la inscripción y verificación de los monotributistas sociales, y a través de los Centros de Referencia, dependientes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
El Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social evalúa las condiciones en que se encuentran las personas que solicitan la inscripción
El Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social evalúa las condiciones en que se encuentran las personas que solicitan la inscripción
verificando los datos a través de diferentes sistemas de información (AFIP, SYNTIS)
A propósito de la definición de la situación de “vulnerabilidad social”: ¿Cuáles son las compatibilidades e incompatibilidades en el momento del cruce de informaciónpara proceder a otorgar el alta o el rechazo en el Monotributo Social?
Al momento de la inscripción, se van a realizar cruces de los cuales pueden surgir hallazgos de compatibilidad o de incompatibilidad:
CRUCES COMPATIBLES:
Propietario de un bien inmueble.
Propietario de un bien mueble registrable no afectado al emprendimiento
Propietario de un bien mueble registrable no afectado al emprendimiento
económico.
Seguro de desempleo (sin superposición en el tiempo).
Pensión no contributiva.
Pensión contributiva mínima que no supere el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Asignación Universal por Hijo.
Asignación Universal por Hijo.
Antecedente de Monotributo General.
Programas de ingreso social municipales, provinciales o nacionales.
CRUCES INCOMPATIBLES:
Profesionales en ejercicio de su profesión.
Personal en relación de dependencia.
Propietario de dos o más bienes inmuebles.
Propietario de dos o más bienes muebles registrables no afectados al
emprendimiento económico.Jubilación mayor que la mínima.
Registrado como empleador o titular de acciones o cuotas partes de las
sociedades comerciales.
Registrado como tributante en el Impuesto a las Ganancias.
Ingresos brutos anuales superiores a los $ 24.000.
Inscripto en el Régimen de Servicio Doméstico u otro régimen especial.
¿Qué documentación se requiere para inscribirse en el Monotributo Social?
Personas Físicas
DNI, LC o LE: exhibir el documento original y entregar
fotocopias de la 1° y 2° hoja. En caso de ser extranjero
deberá presentar hasta la 3º hoja inclusive.
Proyectos productivos
Por cada uno de los integrantes (que no pueden ser más de 3
personas):
DNI, LC o LE: exhibir el documento original y entregar
fotocopias de la 1° y 2° hoja. En caso de ser extranjero
deberá presentar hasta la 3º hoja inclusive.
Cooperativas de Trabajo
Por cada uno de los asociados:
DNI, LC o LE: exhibir el documento original y entregar
fotocopias de la 1° y 2° hoja. En caso de ser extranjero
deberá presentar hasta la 3º hoja inclusive.
Además, presentar originales y fotocopias de la siguiente documentación:
Formulario de inscripción de la Cooperativa ante la AFIP.
Resolución y matrícula del INAES.
Resolución y matrícula del INAES.
Acta constitutiva, nómina de cargos y libro de asociados.
La Cooperativa de Trabajo debe gestionar ante la AFIP su CUIT.
Debe proceder a realizar su inscripción en IVA y Ganancias (luego
En el caso de las Personas Físicas o de los Proyectos Productivos
gestionará la exención en este último impuesto).
En el caso de las Personas Físicas o de los Proyectos Productivos
¿Por cuánto tiempo se mantiene la categoría tributaria del Monotributo Social?
Es una categoría tributaria permanente, el derecho se mantiene siempre que
subsista la situación de vulnerabilidad social y se continúe cumpliendo con los
requisitos de ingreso al programa y no se originen incompatibilidades de ningún tipo.
¿Qué ocurre si se atrasa en el pago del Monotributo Social?
Si no se ingresa el pago por 3 meses consecutivos o 5 meses alternados se pierde
el carácter de activo en la obra social. En estos casos, para poder pedir el alta
nuevamente, la persona deberá saldar los meses impagos y acercarse con los
comprobantes a la obra social para regularizar su situación.
Tengamos en cuenta que los inscriptos en este régimen pueden elegir libremente una obra social nacional de las referidas en el Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (consultar padrón de obras sociales disponibles en www.sssalud.gov.ar).
El acceso al Plan Médico Obligatorio que debe brindar la obra social es progresivo y se encuentra dividido en 3 niveles:
Desde la adhesión al régimen
A partir de los 3 meses
A partir de los 6 meses
Además, podrán acceder a la obra social el cónyuge y los hijos, realizando
mensualmente por cada uno de ellos el pago del 50 % del importe correspondiente a obra social. Las altas y bajas de adherentes se tramitan en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social o sus delegaciones.
El cambio de obra social puede ser efectuado luego del primer pago del Monotributo Social en cualquier momento del año. Si ya realizó un cambio de opción deberá esperar 12 meses para poder realizar el próximo. Dicho trámite es personal y se realiza en la sede de la nueva obra social, a través del formulario de opción de cambio
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